Proponen que no prescriban los delitos sexuales contra menores

El Movimiento Derecho al Tiempo Argentina (DATA) -conformado por sobrevivientes de abuso sexual, profesionales que trabajan en la temática y activistas por los derechos de las víctimas- presentó un proyecto de ley para que se “declararen imprescriptibles los crímenes de violencia sexual del que hayan sido, sean o fueren víctimas niños, niñas y adolescentes”.

“Hasta el momento los tiempos de las víctimas no coinciden con los plazos judiciales y esto es muy grave porque la falta de justicia no ayuda a la recuperación y el dolor no prescribe”, sostuvo al respecto Sonia Almada, presidenta de la organización Aralma contra las violencias en la infancia, una de las que integran el Movimiento.

Además, la iniciativa presentada el pasado viernes en la Cámara de Diputados propone también modificar la denominación “abuso sexual” por la de “violencia sexual contra la infancia y/o violencia sexual” para adecuarse de esta manera a “los tipos de violencias previstas en la Ley 26.485, por tratarse de una relación desigual de poder”.

Por otro lado, el proyecto plantea en su artículo 4 que “el Estado tiene la obligación de garantizar a las víctimas de los delitos declarados imprescriptibles en esta ley, e independientemente de la edad que tengan al denunciar o solicitar asistencia, el abordaje integral adecuado al caso antes, durante y posterior al proceso judicial”.

En cuanto a la prescripción, el proyecto propone modificar el párrafo cuarto del Artículo 67 del Código Penal reformado por última vez en 2015, que hoy sostiene que para los delitos contra la integridad sexual “se suspende la prescripción mientras la víctima sea menor de edad y hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad”, con lo cual los delitos siguieron siendo prescriptibles, aunque a partir del momento de la denuncia.

“Al ser la ley irretroactiva, es decir, no puede aplicarse hacia atrás, no contempla ‘el derecho al tiempo’ de las y los sobrevivientes anteriores a la ley 27.206 de 2015, por lo cual lo que se plantea es la necesidad de suspender la retroactividad a todas las víctimas con un plazo anterior aquel año, considerándose las Leyes convencionales y constitucionales incorporados desde 1994”, apuntó Norma Fernández, otra especialista integrante de DATA.

El miércoles a las 20, DATA realizará un vivo de Instagram para dar detalles del proyecto y contestar preguntas en @derechoaltiempo.

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