Senado| Aprueban proyectos para limitar tasa de interés por mora en pagos de servicios y prepagas (Videos)

-Especial desde NCN (Noticias Congreso Nacional)

La Cámara Baja puso en debate, este jueves, el dos Proyectos que buscan limitar las tasas de interés por mora aplicadas a las tarjetas de crédito emitidas por entidades bancarias, por empresas de tarjetas de crédito o por los proveedores no financieros de créditos; a las facturas de servicios por medicina prepaga y a las empresas de seguro de cualquier rubro.

Las iniciativas fue aprobada por 38 votos afirmativos.

Durante el debate, el mentor de los Proyectos, el senador del Frente de Todos, Oscar Parrilli, expresó que “las regulaciones que estamos estableciendo con estos proyectos son poner equidad, límites y evitar que bancos, financieras y empresas que prestan servicios abusen de su posición dominante y que, por las tasas por mora, se enriquezcan sin causa”.

En tanto, la senadora Laura Machado, argumentó que «nuestro interbloque no va a votar positivamente los proyectos en tratamiento porque no están destinados a defender la producción y el empleo, sino que son un despropósito que destruye vastos sectores de la economía argentina”.

Otro de los oradores fue el senador Mayans, quien analizó que «55.000 empresas cerraron durante el gobierno de Macri. Sin pandemia. Justamente por los abusos del sistema financiero. No tenían un sistema financiero, tenían un sistema corrupto en el Banco Central que desvalijó a los trabajadores y a los jubilados».

 

Los puntos centrales del Proyecto

Entre sus fundamentos, la iniciativa, establece que “no podrán imponer cargos extras a las ya elevadas tasas de interés como cargos de reconexión, gastos administrativos, etc. pues en una sociedad democrática no pueden existir actores que se sustraigan de la legislación vigente presionando e imponiendo tarifas y tasas de interés usurarias con el único fin de ver incrementada sus ganancias al cerrar cada año sus balances”.

La normas imponen «el plazo de vencimiento en una fecha que no sea anterior al día diez», porque, según su autor, «la gran mayoría de los usuarios de dichos servicios perciben sus salarios entre el día cinco y diez de cada mes». Además, se indica que deben adecuarse las tarifas mensuales «a un promedio anual».

Además, para ambas iniciativas los intereses por mora «en ningún caso podrán exceder la tasa pasiva para depósitos a treinta días del Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día del mes anterior a la efectivización del pago, no pudiéndose cobrar ningún tipo de cargos extras por gastos administrativos, intereses punitorios o cualquier otro concepto».

Asimismo, las empresas que en el plazo de 30 días desde la publicación de la ley no adecuen su facturación a la tasa de interés por mora serán sancionadas.

En todos los casos se deberán «otorgar a los usuarios particulares planes de facilidades de pago para cancelar las deudas», con una tasa pasiva para depósitos a treinta días del Banco Nación y un plazo mínimo de seis cuotas.

Para las empresas de servicios públicos, en tanto, se establece que cuando se facture «en un período consumos que exceden en un 75 por ciento el promedio de los consumos correspondientes al mismo período de los dos años anteriores se presume que existe error en la facturación».

El Proyecto

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