¿Porqué CFK quedo sobreseída en la Causa «Dólar Futuro» y cómo puede favorecer esto a Macri?

En la jornada de ayer fue noticia el sobreseimiento de la presidente del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, por supuestas irregularidades en la compra-venta de dólar futuro.

La decisión que evita que CFK, el Gobernador Kicillof y otros imputados, lleguen a Juicio Oral, lleva la firma unánime de los jueces de la sala I del máximo tribunal penal, Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, determinando la conducta reprochada a los acusados es atípica, por lo que deben ser sobreseídos por «inexistencia de delito».

Vale recordar que Cristina Fernández, estaba procesada por administración fraudulenta en perjuicio del Estado por presuntas irregularidades del Banco Central (BCRA) durante su mandato presidencial. Delito que contempla el Código Penal en su artículo 173, inc. 7.

Fue clave el trabajo de los peritos oficiales y los de parte que concluyeron que la operación de dólar futuro se hacía en la Argentina desde hacía años, que no se dañó el patrimonio del Banco Central, que no se afectaron las reservas y que no se podía favorecer intencionalmente a ningún comprador.

El informe establece, respecto al Banco Central, que «la estabilidad monetaria, financiera y el desarrollo económico con equidad, en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional». La fórmula figura en la Carta Orgánica y está, de una u otra manera, en los estatutos o leyes de constitución de la mayoría de los bancos centrales del mundo.

Certificaron además que “la operatoria de dólar futuro, al ser en pesos, evitó que se perdieran reservas en moneda extranjera”.

La pericia determinó que la política denominada “Dólar Futuro” no solo “Permitieron morigerar los efectos cíclicos de la oferta y la demanda de divisas” sino que “Influyeron en las tasas de interés” y “evitaron un efecto negativo en las reservas”.

En criollo la maniobra pudo haber estado equivocada o no, pero fue una “acción de Gobierno” y por ende no puede nunca constituir delito que tipifique el Código Penal.

Este tipo de circunstancias sólo ameritan “castigos políticos” pero nunca una acción de la Justicia.

Lo curioso del fallo es que estos argumentos planteados por Cristina y por su ex ministro Axel Kicillof impactarán, acaso sin buscarlo, en el futuro del propio Mauricio Macri: es que al defender su derecho de manejar la política económica del país sin interferencias, cuentan jurisprudencia que podría aplicarse también al equipo económico de la gestión de Cambiemos.

Porque básicamente, lo que ayudó Cristina y Kicillof (aquello de que las decisiones de la política económica no pueden ser objeto de judicialización) también el macrismo puede argumentar que el endeudamiento fue una decisión política legítima para evitar males mayores.

Por caso, que la toma voluntaria de deuda se realizó como alternativa a una política de ajuste -dado el rojo fiscal de casi 4% del PBI heredado de la gestión anterior-. Y que luego, cuando empeoraron las condiciones del mercado de crédito a nivel global, el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional fue para pagar a una tasa baja los créditos que iban a vencer.

Claro que esto ya lo había notado la propia Cristina, que en su argumento de defensa entendió que la postura de sus abogados implicaba un arma de doble filo, por ello hizo referencia a que ahora en los medios de comunicación notaba una mayor cantidad de opiniones en el sentido de que la causa «dólar futuro» no estaba justificada porque las medidas económicas adoptadas con criterio técnico no implican responsabilidad penal.

«Sospecho que están diciendo esto a partir de que el Presidente decidió iniciar querella criminal por el endeudamiento que se tomó en 2018» les adelantó en la cara a los Jueces.

Será cuestión de la Justicia, cuando llegue el momento, determinar si existe punto de comparación o no, entre ambas causas o si (como sostienen desde el Frente de Todos) la toma indiscriminada de Deuda de Macri implicó una violación de normas y además perjudicó las finanzas del país.

 

Especial desde NCN por Juan José Postararo

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